El Grado en Odontología comienza a impartirse en la USAL en el año académico 2010-11, una vez superado el proceso de verificación, y sustituye a la Licenciatura en Odontología. En 2017 este Grado ha renovado su acreditación.
Este Grado capacita para ejercer la profesión regulada de Dentista.
La titulación se desarrolla en cinco cursos (60 ECTS cada año para completar 300 ECTS) y se articula, siguiendo la Orden CIN/2136/2008, de 3 de julio, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Dentista, en cinco módulos: 1) Ciencias Biomédicas Básicas Relevantes en Odontología (44 ECTS); 2) Introducción a la Odontología (49 ECTS); 3) Patología y Terapéutica Médico-Quirúrgica General (24 ECTS); 4) Patología y Terapéutica Odontológica (129 ECTS); 5) Prácticas tuteladas (27 ECTS) y Trabajo de Fin de Grado (6 ECTS). A estos módulos se añade uno adicional de optatividad (21 ECTS).
Las prácticas formativas de los estudios de Grado en Odontología se realizan en la Clínica Odontológica de la Universidad de Salamanca, la cual facilita la mayor parte de los materiales fungibles, así como del instrumental necesario. Los estudiantes tendrán que aportar una parte de los materiales, que se refleja en el listado de material de prácticas. Aquellos estudiantes que deseen financiar la adquisición de ese material pueden contactar con el Gerente de la Clínica Odontológica.
Este Grado en Odontología tiene reconocido el Nivel 3 del MECES (Marco Europeo de Cualificación para la Educación Superior) correspondiente a título de Máster Universitario.
Objetivos: Siendo la practica Odontológica una profesión altamente regulada por normativa nacional y europea, los objetivos de la titulación de odontología quedan claramente recogidos en las mismas. La Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (44/2003 de 21 de Noviembre) en el Titulo I, Artículo 6, 2c dice: “Dentistas: corresponde a los Licenciados en Odontología y a los Médicos Especialistas en Estomatología, sin perjuicio de las funciones de los Médicos Especialistas en Cirugía Oral y Maxilofacial, las funciones relativas a la promoción de la salud buco-dental y a la prevención, diagnóstico y tratamiento señalados en la Ley 10/1986, de 17 de marzo, sobre odontólogos y otros profesionales relacionados con la salud bucodental.
El objetivo fundamental del plan de estudios en Odontología propuesto es formar un profesional con adecuados conocimientos, habilidades, actitudes y competencias, que esté capacitado para servir a la sociedad mediante la satisfacción de sus demandas sanitarias, tanto en su faceta de prevención, como de diagnóstico y tratamiento, de un modo ético y con eficiencia y seguridad. Este profesional debe apreciar la necesidad del desarrollo profesional y la formación continuada a lo largo de la vida, debe ser capaz de utilizar con eficiencia los avances en el conocimiento y la tecnología y entender el papel central de paciente en la toma de decisiones terapéuticas.
Para cumplir este objetivo fundamental, el plan de estudios de Odontología debe:
Estos objetivos de la titulación así como el catálogo de competencias están descritos en la orden ministerial CIN/2136/2008, de 3 de julio, y así mismo coinciden con los que define para el título de odontólogo la normativa europea y con los que, de manera algo más resumida, se recogen en el Libro Blanco y en la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (44/2003 de 21 de Noviembre) en el Titulo I, Artículo 6, 2c)
Competencias: ver pdf
Se recomienda que los estudiantes que accedan a este grado reúnan las siguientes características (perfil de ingreso recomendado):
Para matricularse en este Grado no están previstas condiciones o pruebas especiales diferentes a las generales que fija la normativa básica estatal.
Más información
Los estudiantes con estudios universitarios oficiales parciales que deseen ser admitidos en esta titulación deberán consultar los requisitos en el apartado “Traslado de expediente” de la Guía Académica de la titulación en esta misma web
Apoyo y orientación a estudiantes de nuevo ingreso. Al comienzo de cada curso académico, la USAL organiza un Plan de Acogida para todos sus estudiantes de nuevo ingreso, en el que tiene lugar una Feria de Bienvenida con actividades de presentación tanto de la Universidad y sus servicios a la comunidad universitaria como de instituciones públicas y empresas vinculadas a la vida universitaria.
En este contexto, la Facultad de Medicina realiza sesiones informativas sobre las características globales y organización de la titulación, los principales requisitos, las opciones temporales de aprendizaje más recomendables, los calendarios de exámenes, la practica integrada en la Clínica Odontológica, la obligatoriedad de la presencialidad en la docencia práctica de la titulación, los diferentes servicios y actividades de la facultad y las posibilidades que ofrecen cada uno de ellos, los programas de movilidad y los requisitos necesarios para participar en ellos, etc.
Información previa a la matrícula puede consultarse en la web de la Universidad y del Centro, además de la presente del Grado.
Apoyo y orientación a todos los estudiantes, A nivel institucional, los servicios principales de apoyo y orientación al estudiante son:
Para la orientación profesional y empleo, la Clínica Odontológica de la Facultad de Medicina gestiona una bolsa de trabajo especializada para la colocación de egresados con una vía de comunicación oferta-demanda a través de su página web..
Para hacer efectiva la movilidad de estudiantes, se han establecido marcos normativos generales, RD 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de la calidad y el RD 1618/2011, de 14 de noviembre, sobre reconocimiento de estudios en el ámbito de la Educación Superior.
Más información sobre los conceptos por los que se reconocen créditos (incluidos los ciclos formativos de grado superior de formación profesional), impreso de solicitud y normativa de la USAL.
SALIDAS ACADÉMICAS
Una vez finalices el Grado en Odontología, te sugerimos estudiar uno de los siguientes Másteres Universitarios de la USAL, si optas por una mayor especialización:
SALIDAS PROFESIONALES
Las salidas profesionales que puede tener un estudiante cuando finalice el Grado en Odontología serían: 1. Dentista por cuenta propia, instalando su propia clínica dental, siendo un trabajador adscrito al régimen especial de trabajadores autónomos. 2. Dentista por cuenta ajena. En esta modalidad, a su vez, pueden presentarse varias posibilidades: 2.1.Trabajar como empleado prestador de servicios odontológicos para otros profesionales, para franquicias o para empresas prestatarias de este tipo de servicios. 2.2.Trabajar en los servicios sanitarios públicos (centros de salud, hospitales, etc.) como personal sanitario odontológico. Periódicamente se convocan oposiciones para la capacitación de profesionales en los servicios sanitarios públicos 2.3.Trabajar en otros países de la Unión Europea en los que existe una gran demanda de dentistas españoles (Gran Bretaña, Francia). 3. Docente y/o investigador en la Universidad. 4. Docente en ciclos formativos de grado medio y superior cuyas oposiciones en varias modalidades se convocan bianualmente
Justificación normativa de la profesión de Dentista
En la Orden CIN/2136/2008, de 3 de julio, se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Dentista. Los planes de estudio conducentes a la obtención de este título deberán cumplir, además de lo previsto en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, los requisitos siguientes: – Facilitar la identificación de la profesión de Dentista para cuyo ejercicio habilita. – Cumplir las condiciones establecidas en dicha orden. Dicha orden justifica el título de Odontólogo de acuerdo a la Directiva Europea 2005/36 CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de septiembre de 2005, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales. En todos los Estados miembros debe reconocerse la profesión de odontólogo como profesión específica y diferenciada de la de médico, especializado o no en odontoestomatología. Los Estados miembros deben garantizar que la formación de odontólogo confiere al profesional las competencias necesarias para todas las actividades de prevención, diagnóstico y tratamiento relativos a las anomalías y enfermedades de la dentadura, la boca, las mandíbulas y los tejidos contiguos. La actividad profesional de odontólogo debe ser ejercida por personas que posean un título de formación de odontólogo recogido en la presente Directiva.
De manera específica, la citada Directiva Europea, en la Sección 4, articulo 34, indica: La formación en Odontología comprenderá, en total, por lo menos cinco años de estudio a tiempo completo, incluyendo instrucción teórica y práctica, impartido en una Universidad o bajo control de una Universidad, que garantizará que el interesado ha adquirido los siguientes conocimientos y competencias: a) un conocimiento adecuado de las ciencias en las que se basa la odontología, así como una buena comprensión de los métodos científicos, incluidos los principios de medición de las funciones biológicas, la evaluación de los hechos científicamente demostrados y el análisis de datos; b) un conocimiento adecuado de la constitución, fisiología y comportamiento de las personas tanto sanas como enfermas, así como de la influencia del entorno natural y social en el estado de salud del ser humano, en la medida en que esos factores afectan a la odontología; c) un conocimiento adecuado de la estructura y funciones de los dientes, la boca, las mandíbulas y los tejidos correspondientes, tanto sanos como enfermos, y de la relación existente entre ellos y el estado general de salud y el bienestar físico y social del paciente; d) un conocimiento adecuado de las disciplinas y métodos clínicos que pueden dar al odontólogo un panorama coherente de las anomalías, lesiones y enfermedades de los dientes, la boca, las mandíbulas y los tejidos correspondientes, así como de la odontología preventiva, diagnóstica y terapéutica; e) una experiencia clínica adecuada bajo la supervisión apropiada. Esta formación le proporcionará las competencias necesarias para llevar a cabo todas las actividades relacionadas con la prevención, el diagnóstico y el tratamiento de las anomalías y enfermedades de los dientes, la boca, las mandíbulas y los tejidos correspondientes.
La ley de ordenación de las profesiones sanitarias (44/2003), en Titulo I, artículo 6, 2a) indica: “corresponde a los licenciados en Odontología las funciones relativas a la promoción de la salud buco-dental y a la prevención, diagnóstico y tratamiento señalados en la Ley 10/1986, de 17 de marzo, y desarrolladas en el Real Decreto 1594/1994 de 15 de julio por el que se regula la profesión de Odontólogo, Protésico e Higienista Dental”. Dicha ley establece que el Odontólogo está capacitado para realizar el conjunto de actividades de prevención, diagnóstico y tratamiento relativas a las anomalías y enfermedades de los dientes, de la boca, de los maxilares y de sus tejidos anejos, tanto sobre individuos aislados como de forma comunitaria. Asimismo estarán capacitados para prescribir los medicamentos, prótesis y productos sanitarios correspondientes al ámbito de su ejercicio profesional.
La USAL te facilita tu inserción profesional. Enlaces de interés: - Orientación profesional - Formación para el empleo - Bolsa de empleo - Asesoramiento sobre creación de empresas - Prácticas para titulados