Defensor del Universitario
Es el órgano encargado de velar por el respeto de los derechos y las libertades de los miembros de la Comunidad Universitaria. El Defensor Universitario no estará sometido a mandato imperativo alguno y actuará con plena autonomía e independencia de cualquier órgano universitario. En el desarrollo de sus funciones, el Defensor procurará siempre buscar la mejora de la calidad universitaria en todos sus ámbitos y actuará con la mayor celeridad posible.
Dª. Elena Llamas Pombo
Defensora del Universitario
Dª. Estrella Toral Lara
Defensora Adjunta del Universitario
Quejas o reclamaciones
Atender y tramitar las quejas o reclamaciones que le sean presentadas (con exclusión de todas aquellas cuestiones pendientes de resolución judicial o de expediente administrativo disciplinario). Tras su estudio y, en su caso, admisión a trámite, el Defensor procurará dar pronta solución a las mismas procediendo a la oportuna investigación. Así, para el cumplimiento de sus fines podrá recabar de las distintas instancias universitarias cuanta información considere oportuna o solicitar la comparecencia de las personas relacionadas directa o indirectamente.
Consultas
Atender las consultas relacionadas con cualquier tema universitario, orientando sobre las vías más adecuadas para resolver la cuestión.
Mediación
Actuar en mediaciones o conciliaciones cuando sea requerido para ello por las partes implicadas, con objeto de solucionar los desacuerdos y enfrentamientos surgidos entre las mismas.
Informes
Elaborar cuantos informes le sean solicitados o estime oportuno emitir en relación con las actuaciones en curso.
Recomendaciones
Efectuar las propuestas que considere adecuadas para la solución de los casos que sean sometidos a su conocimiento.
Memoria de actividades
Presentar, anualmente, al Claustro Universitario una Memoria en la que se recojan sus recomendaciones y sugerencias para la mejora de los servicios universitarios y que, en su caso, podrá contar con la exposición de los supuestos más problemáticos. Puede solicitar la intervención del Defensor cualquier miembro de la Comunidad Universitaria (a título individual o colectivo) que considere lesionados sus derechos como consecuencia de decisiones o actuaciones llevadas a cabo por un servicio u órgano (unipersonal o colegiado) de la Universidad o por otro miembro de la misma. Para ello, podrá contactar con el Defensor personalmente, por teléfono o a través del correo electrónico. En cualquier caso, para formalizar una queja se requiere exponer, mediante escrito, los motivos razonados en los que se fundamenta la reclamación, añadiendo toda documentación adicional que resulte útil en la comprensión del caso. En dicho escrito, la persona –o colectivo– reclamante habrá de incluir sus datos personales y modos de contacto (dirección postal, teléfono, correo electrónico). El Defensor no admitirá quejas anónimas. Los datos e informaciones recabados por el Defensor tienen carácter reservado, por lo que el reclamante tiene asegurada la confidencialidad, siempre que la propia tramitación de la queja no implique, necesariamente, la revelación de la identidad.